La próxima semana, el día 24 de abril, se cumplirán seis años del derrumbe del Rana Plaza, edificio que albergaba cinco fábricas de ropa, muriendo 1134 personas y afectando a miles de personas más. Con motivo de este aniversario, publicamos el programa que sobre Derechos Humanos y Empresa hemos elaborado en colaboración con la Universidad de Educación a Distancia, dentro de nuestro proyecto de Responsabilidad Social Corporativa (Educación y Cultura).

Resumen programa: Los cambios en los modelos productivos derivados de una creciente externalización, la actuación de empresas en zonas de conflicto y el frágil equilibrio existente entre desarrollo y respeto a los derechos fundamentales hacen de esta materia un tema de máxima actualidad. Desastres como el causado por la empresa Union Carbay en la región de Bhopal en la India en la que fueron afectadas más de 600.000 personas o el ya nombrado del Rana Plaza, han puesto en agenda de los organismos internacionales temas como el acceso a la justicia de las víctimas y la necesidad de respeto de los derechos humanos por parte de la empresa. En el programa se debatió sobre la efectividad de los mecanismos voluntarios y de las principales iniciativas a nivel internacional.

Participantes en el debate:

  • Cecilia Denis Miguez Equipo de empresas de Amnistía Internacional
  • Lorena García Castro, gerente de relaciones comunitarias y derechos humanos de REPSOL
  • Mario Enrique Sánchez Richter economista Secretaría de Políticas Públicas y Protección Social, Confederación Sindical de Comisiones Obreras
  • Orencio Vázquez. Profesor asociado de la facultad de económicas en la UNED. (Moderador)

 

Aquí abajo podéis ver el programa completo:

Resumen de las intervenciones:

– Cecilia Denís en su intervención señala la necesidad de la existencia de un mecanismo internacional coercitivo que prevenga las vulneraciones sobre los Derecho Humanos por parte de las empresas. También considera necesario que se habilite el acceso a la justicia a las víctimas, situación que en la actualidad en prácticamente imposible. Por último señala la vía de un tratado internacional, que actualmente está en curso, como un posible instrumento para mejorar el comportamiento de las empresas.

– Lorena García reconoce que la empresa puede generar impactos positivos pero también impactos negativos en el desarrollo de su actividad. Apunta que la empresa debe gestionar los riesgos de impacto negativo sobre los derechos humanos y que pese a que existe un marco internacional como los principios rectores para empresas y derechos humanos de Naciones Unidas el camino es complicado al tratarse de un tema novedoso y hasta fechas recientes ajeno al lenguaje empresarial. Señala la necesidad de dotar a las empresas de procesos que les permitan implementar planes de acción y medir la evolución de los resultados marcados así como dotarse de mecanismos de remediación para el caso de que el riesgo llegue a materializarse.

– Mario Sánchez apunta el papel sindical en el respeto de los derechos laborales en las cadenas de suministro. Señala a los Acuerdos Marcos Globales, como por ejemplo el firmado con Inditex, como un instrumento efectivo en la garantía de los derechos humanos en el ámbito del trabajo. La postura sindical es partidaria de acuerdos entre la empresa matriz con los sindicatos para reducir los riesgos. Para que se reduzcan los riesgos es necesario establecer una coordinación efectiva entre los sindicatos de los países en donde está presente la empresa. Lamenta que se tengan que producir.

 

Conclusiones: La influencia de la empresa en el disfrute de los derechos fundamentales es básica. Es necesario que la empresa desarrolle planes de diligencia debida. Hay varios caminos e instrumentos que pueden implementarse de manera paralela para mejorar los impactos positivos y mitigar los negativos. Por un lado están los códigos de conducta de las empresas, por otro los acuerdos marcos con los sindicatos y por último medidas de tipo legislativo y políticas activas por parte de los Gobiernos nacionales y las instituciones multilaterales.